Publicado 29/11/2024 13:08

CNMC recomienda cambios en la futura ley de créditos dudosos para aumentar la protección de los consumidores

Archivo - La presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y Competencia (CNMC), Cani Fernández, comparece en la Comisión de Economía, Comercio y Transformación Digital, en el Congreso de los Diputados, a 19 de septiembre de 2024, en Madrid (España).
Archivo - La presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y Competencia (CNMC), Cani Fernández, comparece en la Comisión de Economía, Comercio y Transformación Digital, en el Congreso de los Diputados, a 19 de septiembre de 2024, en Madrid (España). - Jesús Hellín - Europa Press - Archivo

Pide extender los requisitos de protección al consumidor también a los no dudosos

MADRID, 29 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) ha realizado un análisis del anteproyecto de ley de administración de créditos dudosos y ha incluido una serie de recomendaciones, entre las que destaca extender los requisitos de protección a los consumidores a todos los clientes, tengan créditos dudosos o no.

A través de un comunicado, Competencia recuerda que el anteproyecto de ley de administradores y compradores de créditos dudosos transpone una directiva europea que fomentará la actividad transfronteriza, contribuyendo a la integración de los mercados europeos de este tipo de créditos.

Explica que un crédito se clasifica como 'dudoso' cuando existen dudas sobre las posibilidades de pago que tiene el deudor y se cumplen varios requisitos legales, mientras que los administradores de créditos son profesionales que actúan en nombre y por cuenta del comprador del crédito y realizan las tareas para poder cobrarlo.

"La futura ley contiene disposiciones que protegen a los deudores, particularmente cuando son personas vulnerables, y somete la actividad de los administradores de créditos a autorización, registro obligatorio y supervisión por parte del Banco de España", resume el supervisor.

En su informe, la CNMC considera "adecuado" fomentar la creación de mercados secundarios de créditos donde las entidades financieras pueden venderlos a otros inversores y cree que tiene sentido fomentar un mercado único europeo de créditos.

"Este aumentará la liquidez y capacidad de diversificación geográfica de los inversores compradores y la protección al consumidor", agrega.

Sin embargo, en el mismo, realiza una serie de recomendaciones para mejorar el texto, destacando la propuesta de que las medidas para mejorar la protección de los consumidores y deudores, así como los requisitos de transparencia exigidas a los operadores, "también podrían extenderse a los créditos no dudosos", si bien reconoce que el anteproyecto es relativo solo a los dudosos.

También cree que la reserva de actividad a favor de los administradores de créditos debería de ser "objeto de reevaluación y seguimiento" para valorar los efectos que tiene en el mercado y cree que podría plantearse a las autoridades de la UE si las exigencias de la directiva (por ejemplo, excluir a las personas físicas), en estos términos, debe mantenerse sin modificaciones.

"Los regímenes especiales, de mantenerse para ciertos colectivos profesionales, sería recomendable que tuvieran una mayor justificación (razones de interés general y ajuste a los principios de buena regulación)", agrega.

Igualmente sostiene que la autorización para ejercer la actividad de administrador de crédito establece requisitos (honorabilidad, transparencia, cooperación, etc) "pueden ser complejos de demostrar", por lo que ve conveniente "concretarlos" para reforzar su "objetivización" desde la óptica de su adecuación a los principios de buena regulación.

En cuanto a la actividad transfronteriza, la CNMC indica que el texto incluye la posibilidad de reconocer la autorización de administradores de crédito de otros Estados miembros, un mecanismo que beneficia a la administración de créditos originados por entidades de crédito, pero no incluye a los originados por establecimientos financieros de crédito. "Salvo por razones de interés público acreditadas, se sugiere unificar el régimen de reconocimiento", propone al respecto.

También recomienda reforzar la justificación por la que se diferencia entre la renegociación de créditos al consumo y de créditos inmobiliarios.

Por último, sostiene que el 'tope' a los cargos por mora o vencimiento anticipado de los créditos al consumo "limita la libertad contractual" y pide justificar el imponer un importe concreto siguiendo los principios de buena regulación.

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